Un nuevo informe sobre la situación de
los derechos humanos en la República Dominicana se ha presentado hoy por parte
de la entidad Réseau National de Defense des Droits de l’Homme, que cuenta
con el aval de la Comisión de Derechos Humanos de la República Dominicana. A
continuación su informe.
La FIDH y sus organismos miembros, de
la República Dominicana CNDH y de Haití, el Réseau National de Defense des
Droits de l’Homme desean brindarles y compartir con ustedes hoy las opiniones
obtenidas a raíz de la misión de investigación que han realizado en la
República Dominicana entre el 28 y el 4 de julio del 2015 los encargados de la
misión Catherine Delanoë, (abogada, París), Emmanuel Daoud (abogado, París), el
Dr. Manuel María Mercedes (CNDH) y Viles Alizar (sociólogo de la RNDDH, Haití).
Es sabido que la República Dominicana
está atravesando por uno de sus más difíciles momentos respecto a las
relaciones con la comunidad internacional, a raíz de las dos sentencias del
Tribunal Constitucional, la n.168/13 con la que Juliana Deguis y más de 200mil
dominicanos de ascendencia haitiana han sido despojados de su ciudadanía y por
ende de sus derechos civiles y políticos y la sentencia n. 256/14 que ha
declarado inconstitucional el instrumento de aceptación de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos, pero también por la Ley de Naturalización
n. 169/14 del 21 de mayo del 2014 y por el Plan Nacional de Regularización de
Extranjeros (PNRE) que ha terminado este 17 de junio de 2015.
Estos acontecimientos han provocado la
focalización de la opinión pública nacional e internacional y han
invisibilizado situaciones gravísimas como la realidad terrible de las
condiciones laborales de los trabajadores en las plantaciones de caña de azúcar
y la violaciones de los derechos fundamentales de los ciudadanos como las
ejecuciones extrajudiciales, las desapariciones forzadas y los abusos
policiales, incluso casos de tortura.
Lamentablemente, son también innegables
las violaciones a los derechos humanos de nacionales haitianos y de dominicanos
de ascendencia haitiana, que se han dado en el marco de la implementación de la
Ley de Naturalización y del PNRE, que han llevado riesgos posibles de apatrídia
y de deportaciones.
Por otro lado no podemos olvidar las
consecuencias nefastas de la sentencia n. 256/14 que pone de espaldas el país
al Sistema Interamericano de Derechos Humanos dejando desprotegida la población
frente a las violaciones de derechos humanos cometidas por el Estado.
Sin embargo deseamos aclarar que esta
rueda de prensa no tiene por objetivo presentar conclusiones ya que las
investigaciones de la misión no han terminado. En realidad se presentan
solamente algunos puntos clave que han sido el resultado de las múltiples
entrevistas y reuniones que se han desarrollado a lo largo de estos días. Estos
puntos clave se desarrollarán en un informe completo que será presentado a la
opinión pública nacional e internacional y será publicado por la FIDH.
1- República Dominicana y Corte
Interamericana de Derechos Humanos
El Tribunal Constitucional en fecha 4
de noviembre de 2014 ha emitido la sentencia n. 256/14 con la que se declaraba
inconstitucional el instrumento de aceptación de la Corte Interamericana de los
Derechos Humanos.
Hay que decir que esta sentencia está
viciada por un sinnúmero de errores jurídicos en los cuales no vamos a entrar.
Lo que es incuestionable es que con esta sentencia se:
• impide el acceso a los mecanismos de
protección y de justicia internacionales a todos los dominicanos, incluso los
miles de dominicanos de ascendencia haitiana que han buscado protección de
parte de la comunidad internacional y del sistema interamericano de derechos
humanos.
• violan tratados internacionales firmados y ratificados por la República Dominicana.
• viola la misma Constitución Dominicana en su artículo n. 74, numeral 3 que dice que “los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos suscritos y ratificados por el Estado dominicano tienen jerarquía constitucional y son de aplicación directa e inmediata por los tribunales y demás órganos del Estado".
• violan tratados internacionales firmados y ratificados por la República Dominicana.
• viola la misma Constitución Dominicana en su artículo n. 74, numeral 3 que dice que “los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos suscritos y ratificados por el Estado dominicano tienen jerarquía constitucional y son de aplicación directa e inmediata por los tribunales y demás órganos del Estado".
La sentencia representa un precedente
cuya gravedad hay que subrayar de manera muy solemne ya que el Estado
Dominicano se pone al margen de la comunidad internacional y crea un grave
retroceso jurídico, porque su responsabilidad es de hacerse garante de los
tratados internacionales en temas de derechos humanos.
2– Desnacionalización, apatridia y
riesgo de deportación de ciudadanos dominicanos de ascendencia haitiana.
La « Ley de Naturalización » n.169/14
del 21 de mayo 2014 ha sido un tentativo para poner orden respecto a la
situación creada por la sentencia n. 168/13 del Tribunal Constitucional del 23
de septiembre del 2013 y ha creado dos grupos poblacionales distintos en la
República Dominicana:
• el “Grupo A” formado por los hijos de
padre y madre extranjeros no residentes, nacidos en la RD entre el 16 de junio
de 1929 y el 18 de abril de 2007, inscritos en el Registro Civil Dominicano en
base a documentos no reconocidos. Para ellos, la solución consiste en un
proceso de “regularización” con la Junta Central Electoral (JCE), después del
cual se verán “re-naturalizados” e inscritos en un Registro llamado “Libro de
Nacimiento”;
• el “Grupo B” formado por los hijos de
padre y madre extranjeros no residentes, nacidos en la RD, y que no figuran
inscritos en el Registro Civil. Para ellos la solución consiste en registrarse,
en un plazo de tiempo de 90 días, cómo extranjeros en otro Registro llamado
“Libro de Extranjería”. Después de 2 años, tendrán derecho a pedir la
Nacionalidad Dominicana, en un proceso que depende del poder discrecional del
Gobierno y que tendrá un costo de por lo menos 45.000 pesos.
Según los propios datos ofrecidos por
el Gobierno dominicano:
• se otorgará la nacionalidad
dominicana a 55.000 personas del Grupo A,
• se han registrado 8.755 personas en el Grupo B a la fecha máxima del 1 de Febrero 2015.
• se han registrado 8.755 personas en el Grupo B a la fecha máxima del 1 de Febrero 2015.
Todo lo antes mencionado comporta los
siguientes problemas jurídicos:
• discriminación entre ciudadanos del
mismo país, quienes al finalizar el Plan de Naturalización figuraran inscritos
en 3 registros distintos: el Registro Civil, el Libro de Nacimiento y el
Registro de Extranjería.
• injusticia, ya que las errores o fallos de inscripción en el Registro Civil no se deben a responsabilidad de esos ciudadanos, sino en la mayoría de los casos, a las mismas autoridades dominicanas.
• muchos de los 55.000 del Grupo A todavía no han recibido sus cédulas y no se conoce cuando las recibirán, mientras tanto, se quedan temporalmente apátridas sin posibilidad de gozar de sus derechos fundamentales como salud, educación, trabajo, vivienda, y sin poder ejercer sus derechos civiles y políticos como el derecho de voto y de poder libremente viajar.
• incertidumbre que perjudica los hijos del Grupo A, quienes según los datos disponibles serían alrededor de 200.000 personas
• incertidumbre que perjudica las 8.755 personas del Grupo B quienes han tenido que registrarse cómo extranjeros en su propio país y tendrán que esperar cómo mínimo dos años más para tener una nacionalidad. Mientras tanto, ¿cuál serán su nacionalidad y su estatus?
• según los datos estadísticos, faltan unas decenas de miles de personas en el Grupo B, quienes tendrían que ser entre 60.000 y 200.000 personas, en vez de sólo 8.755, lo que implica riesgo de apatridía y riesgo de deportación para decenas de miles de dominicanos más de ascendencia haitiana de los cuales tampoco las autoridades conocen el número exacto. ¿Cómo hacer que esas personas sean identificadas y recuperen su existencia jurídica?
• injusticia, ya que las errores o fallos de inscripción en el Registro Civil no se deben a responsabilidad de esos ciudadanos, sino en la mayoría de los casos, a las mismas autoridades dominicanas.
• muchos de los 55.000 del Grupo A todavía no han recibido sus cédulas y no se conoce cuando las recibirán, mientras tanto, se quedan temporalmente apátridas sin posibilidad de gozar de sus derechos fundamentales como salud, educación, trabajo, vivienda, y sin poder ejercer sus derechos civiles y políticos como el derecho de voto y de poder libremente viajar.
• incertidumbre que perjudica los hijos del Grupo A, quienes según los datos disponibles serían alrededor de 200.000 personas
• incertidumbre que perjudica las 8.755 personas del Grupo B quienes han tenido que registrarse cómo extranjeros en su propio país y tendrán que esperar cómo mínimo dos años más para tener una nacionalidad. Mientras tanto, ¿cuál serán su nacionalidad y su estatus?
• según los datos estadísticos, faltan unas decenas de miles de personas en el Grupo B, quienes tendrían que ser entre 60.000 y 200.000 personas, en vez de sólo 8.755, lo que implica riesgo de apatridía y riesgo de deportación para decenas de miles de dominicanos más de ascendencia haitiana de los cuales tampoco las autoridades conocen el número exacto. ¿Cómo hacer que esas personas sean identificadas y recuperen su existencia jurídica?
Todos esos hechos constituyen
violaciones de los derechos fundamentales de cada ser humano respeto al
reconocimiento de la personalidad jurídica, nacionalidad, identidad, igualdad
ante la ley, entre otros derechos consagrados por la Constitución Dominicana en
su Art. 55 y sig. y por el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y
Políticos.
Hoy en día en la República Dominicana
la situación paradójica que se presenta en muchos hogares es que se encuentran
familias con hijos de los mismos padres de nacionalidad distinta, algunos
haitianos y otros dominicanos, mientras, como consecuencia de la Sentencia n.
168-13 del Tribunal Constitucional y de la Ley n. 169-14, cientos de miles de
dominicanos de ascendencia haitiana son privados de sus derechos civiles y
políticos fundamentales.
Además, y en concreto, hay que subrayar
que la gran mayoría de los que no han podido registrarse son dominicanos de
ascendencia haitiana, lo que constituye una privación discriminatoria de la
nacionalidad, prohibida por la Constitución Dominicana y el derecho
internacional.
3 –Regularización de inmigrantes
indocumentados (PNRE)
El PNRE es un programa de
regularización muy ambicioso. Nos ha permitido tener la idea de las personas
alcanzadas y conocer la identidad de casi 300 personas inmigrantes que presuntamente
en un futuro podrán esperar regularizar su posición migratoria y gozar de sus
derechos fundamentales.
Sin embargo de los que entregaron su
expediente completo, no se conoce cuál será el estatus migratorio que el
Gobierno les proporcionará.
Según los últimos datos, a la fecha
termine del 16 de junio 2015, un total de 288.466 personas se han inscrito en
el PNRE para solicitar su regularización, es decir:
• 95.164 con un pasaporte extranjero:
ellos podrían recibir una carta de “residente provisional” para 2 años o una
estampilla especifica en su pasaporte (cuesta menos).
• 102.940 con un acta de nacimiento y 69.997 con una tarjeta de identidad: podrían recibir una carta de “residente provisional” para 1 año.
• 20.365 que no tenían ningún documento (a pesar de que presuntamente trabajan aquí desde décadas) y no se sabe todavía que va a ocurrir con ellos.
• 102.940 con un acta de nacimiento y 69.997 con una tarjeta de identidad: podrían recibir una carta de “residente provisional” para 1 año.
• 20.365 que no tenían ningún documento (a pesar de que presuntamente trabajan aquí desde décadas) y no se sabe todavía que va a ocurrir con ellos.
Pero ese proceso de regularización está
todavía lejos de su cumplimiento: el pasaporte o acta de nacimiento sólo es el
primer requisito necesario para la entrega de la documentación. Cada persona
tiene que entregar por lo menos 7 documentos más, entre ellos algunos como el
certificado de la Junta de Vecinos que si bien debería ser gratuito en la
realidad durante este proceso ha costado desde 200 hasta 2mil pesos, así como
el certificado de la iglesia. Sucesivamente cada uno de estos documentos tiene
que ser autentificado y legalizado por un abogado notario antes de ser
depositado en la Procuraduría. Según informes el costo medio de un expediente completo
es de 12mil a 15mil pesos.
Un picador de caña cobra por ejemplo
150 a 300 pesos por día: ¿cómo puede pagar ese precio?
Los requisitos además son diferentes de
una Gobernación a otra, mientras que para terminar el proceso hay que ir a la
Gobernación hasta cuatro veces perdiendo días de trabajo.
Otra dificultad se ha dado en el caso
de los trabajadores cuyos empleadores no les entregaban recibos de salario que
eran uno de los requisitos necesarios.
En cuanto al Programa de Identificación
y Documentación « PIDIH », con cual la Embajada de Haití se había comprometido
a proporcionar los documentos a sus ciudadanos para que estas personas pudieran
aplicar al PNRE, todos los observadores lo han descrito como un fracaso.
Eso sí se puede concluir que el verdadero
problema no es un problema de migración, de racismo o de apatridia: ¡el tema es
la explotación y la violación de derechos de gente vulnerable y frágil, que no
conoce sus derechos laborales ni civiles!
¿Quien se aprovecha de esta situación?
4. Condiciones laborales de los
trabajadores de los bateyes
La FIDH en el transcurso de la misión
en el país ha podido visitar algunos bateyes y comprobar las condiciones
laborales y de vida de los trabajadores haitianos, empezando por la forma de
pago que en muchos casos no es por hora sino por tarea sembrada o cultivada o
por peso de caña cortada. Sobre estos elementos el trabajador nunca tiene un
control directo. No se paga además en efectivo sino por boletas o bonos.
Respecto al sistema de protección
social y de salud y de pensiones también podemos decir que los trabajadores
haitianos que trabajan en los bateyes se encuentran desamparados.
En las próximas semanas todos estos
datos saldrán con más detalle en el informe que será difundido por la FIDH.
5. Inseguridad pública, ejecuciones
extrajudiciales, desapariciones forzadas y torturas.
La ciudadanía dominicana vive en un
clima permanente de inseguridad dado los altos índices de criminalidad y
violencia en las calles.
Según nos han informado, la República
Dominicana ha registrado espantosos índices, cercanos al 70%, de muertes o
heridas provocadas por armas de fuego; índice alcanzado solo por países como El
Salvador, Guatemala y Honduras, aunque la tasa de los homicidios y de los
crímenes haya bajado.
Las fuerzas de policía, lejos de ser
vistas y percibidas como aliadas del ciudadano para luchar contra la
criminalidad, muchas veces son consideradas como la personificación del
verdadero criminal y asesino.
Según las misma fuentes policiales, desde principios de este año el número de policías asesinados es de 27 y de heridos es de alrededor de 100 en los famosos "intercambio de disparos".
Según las misma fuentes policiales, desde principios de este año el número de policías asesinados es de 27 y de heridos es de alrededor de 100 en los famosos "intercambio de disparos".
Nosotros no estamos convencidos que
todos sean verdaderos "intercambio de disparos " los que han
provocado desgraciadamente estas muertes y heridas.
En cambio, lo que está claro es que más
de 100 ciudadanos han muerto a manos de la PolicíaNacional y que no todos eran
criminales, a pesar de que en este país la pena de muerte no sea contemplada en
el Código Penal.
Reuniones con el Comité de Familiares
de Víctimas de Ejecuciones Extrajudiciales y Desapariciones Forzadas, nos han
permitido comprobar que hay varios casos de abusos policiales y violaciones
graves de derechos humanos en los cuales están involucradas las fuerzas de
seguridad pública. Estos casos no están siendo procesados debidamente por las
autoridades dominicanas, ya que a los los familiares no se les ha brindado
respuestas claras y ciertas de parte de las autoridades. El resultado es una
gran impunidad para los responsables y falta de reparación para las víctimas.
Recordamos que en los casos de
desaparición forzada, siendo un crimen de lesa humanidad, es el Estado que
responde directamente ante los organismos internacionales.
La objetividad sin embargo nos deja
pensar que frente a esta situación la Policía Nacional no se quede de “brazos
cruzados".
En efecto, varias reformas se están
iniciando o cumpliendo, cuyos efectos se percibirán, esperamos, a medio y largo
plazo y serán:
• reforma integral de la Policía
Nacional.
• readecuación del sistema educativo de la Policía Nacional, que garantice la capacitación y formación integral de los efectivos.
• desarrollo de una Policía de Proximidad.
• creación de un Código de Ética de la Policía Nacional (Decreto n. 358/13).
• Reglamento sobre el uso de la fuerza en la Policía Nacional (Resolución 011/14).
• readecuación del sistema educativo de la Policía Nacional, que garantice la capacitación y formación integral de los efectivos.
• desarrollo de una Policía de Proximidad.
• creación de un Código de Ética de la Policía Nacional (Decreto n. 358/13).
• Reglamento sobre el uso de la fuerza en la Policía Nacional (Resolución 011/14).
La FIDH es una ONG Internacional que
defiende todos los derechos, civiles, políticos, económicos, sociales y
culturales, tal como están enunciados en la Declaración Universal de Derechos
Humanos. Su acción se inscribe en el terreno jurídico y político, con el
objetivo de reforzar los instrumentos internacionales de protección de los
derechos humanos y velar por su aplicación. La FIDH ha sido fundada en 1922 y
tiene sede en Paris. Hoy en día es integrada por 178 organizaciones de derechos
humanos de más de 100 países en todo el mundo.
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